El fallo de la Corte Suprema de Justicia que dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras Rurales generó repercusiones en todos los ámbitos. Y se sumó a un reclamo de índole sindical que apareció en las últimas horas, que atraviesa a la Unión Obrera Metalúrgica (UOM).
Además de los cuestionamientos que recibió, el máximo tribunal debe definir si uno de sus miembros, Ricardo Lorenzetti, tiene posibilidad de intervenir en el caso más importante del sindicalismo: la intervención del gremio metalúrgico. Esto se debe a que la oposición de la UOM presentó ante la Corte una impugnación contra la participación del ministro en el recurso extraordinario interpuesto por Abel Furlán contra la intervención judicial del gremio.
Desde la Naranja argumentaron que Lorenzetti se desempeñó durante 18 años como asesor legal de la UOM Rafaela, donde forjó un "estrecho vínculo" con su titular, Roberto Oesquer, quien integró, junto a Furlán, la conducción de la UOM que se encuentra intervenida por decisión judicial.
Por este motivo, la oposición solicitó que el ministro se aparte del tratamiento de la causa, al considerar que existe un potencial conflicto de intereses que compromete la imparcialidad del tribunal. Ante este escenario, fuentes judiciales señalaron que el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, deberá convocar a un conjuez en caso de que el máximo tribunal deba expedirse sobre el recurso presentado por Furlán.
Con la posible salida de Lorenzetti, en Tribunales advierten que el actual secretario general perdería "un voto que contaba como seguro". En paralelo, el interventor judicial de la UOM, Alberto Biglieri, también objetó ante la Corte la legitimación de Abel Furlán para presentarse como titular del gremio. Dicha condición, remarcaron, se encuentra "en suspenso precisamente por la intervención" dispuesta por la Justicia. La presentación de la Lista Naranja busca que la Corte analice primero estas cuestiones de forma antes de entrar al fondo del conflicto que atraviesa a uno de los gremios más numerosos del país
La presentación se suma a lo que sucedió el miércoles: la Corte revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley 26.737 de Tierras Rurales.
Según el criterio adoptado por los magistrados, la Justicia no puede intervenir mediante una acción que plantee un control abstracto de legalidad. La existencia de un perjuicio real y concreto continúa siendo un requisito para habilitar la intervención judicial, aun después de la ampliación de las acciones colectivas incorporada por la reforma constitucional de 1994.
La Corte además que la soberanía territorial, invocada por el CECIM como fundamento de su presentación, no puede ser considerada un “bien colectivo” en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional para otorgarle legitimación a la asociación en este caso.
CECIM rechazó la decisión de los magistrados. "En un fallo escueto, la Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de resolver el problema político en que el gobierno de Milei se había metido. Mientras el pueblo gritó con fuerza que 'La Patria no se vende', la Corte entendió que no existe algo así como un bien juridico de soberanía, y rechazó nuestra demanda para evitar la derogación de la Ley de Tierras, que el presidente intentó a poco de asumir, mediante el Decreto 70/23", señaló el CECIM, que hizo referencia al argumento de la Corte para revocar la derogación: el máximo tribunal aseguró que no podía configurarse una "controversia" por una "clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo".
El diputado de Unión por la Patria Germán Martínez sostuvo que, a partir de la decisión judicial, se eliminan los límites específicos que establecía la normativa para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. También recordó el debate que se produjo en el Congreso alrededor del DNU 70/23 y anticipó que impulsará el rechazo del decreto. Martínez llamó además a movilizarse contra el decreto y expresó su rechazo a la política del Gobierno en materia de tierras.
Mientras que el constitucionalista Alejandro Gil Domínguez criticó con dureza la decisión de los supremos. Según el especialista, la defensa de la soberanía territorial es un derecho de incidencia colectiva, indivisible y perteneciente a la esfera social, y el CECIM es una organización no gubernamental que persigue los fines de ese bien colectivo. En ese marco, sostuvo que existen "legitimación procesal colectiva, representación colectiva adecuada y caso de sobra" en los términos de los artículos 43 y 116 de la Constitución, cuando un DNU deroga por completo una ley que garantiza ese derecho.