Tal como había anunciado la Secretaría de Energía de la Nación, la próxima semana finaliza el período de inscripción al Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) para evitar pagar de más en las facturas de luz y gas. En esta nota, te explicamos cómo hacer el trámite y quiénes deben hacerlo.
A través las resoluciones 90/24 y 91/24, se estableció que todos los usuarios que habían sido inscriptos automáticamente por ser beneficiarios de tarifa social deben anotarse, siempre que cumplan con los requisitos y nunca lo hayan hecho. Asimismo, es necesario que actualicen sus datos aquellas personas que sí se hayan inscripto previamente pero cuya situación de ingresos, patrimonial o de composición del hogar haya cambiado en el último tiempo.
Conforme a la Disposición 1/2024 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, el Gobierno Nacional decidió extender el plazo hasta el miércoles 4 de septiembre de 2024.
Los interesados deberán ingresar a la página web www.argentina.gob.ar/subsidios y allí completar los siguientes pasos:

El 4 de septiembre concluye el período de inscripción en el registro para obtener los subsidios de luz y gas.
Antes de comenzar con el trámite, es necesario que cuentes con la siguiente documentación:
Para la asignación de los Subsidios Focalizados se establecieron 3 niveles:
Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales tipo 2 más el 22% de beneficio para las zonas alcanzadas por la Ley 23.272.

Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC.
Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:
Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a 1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC.
Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen el equivalente a 1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a una canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.