Desde la secretaría de Seguridad Ciudadana se pone en conocimiento a la comunidad sobre la normativa vigente dispuesta por la Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios sobre el uso de Motos Eléctricas. La misma contempla su patentamiento para poder circular.
Se entiende por motovehículo a los ciclomotores, motocicletas, motocarro (motocargas y motofurgones), motonetas, triciclos y cuatriciclos con motor.