Se trata de un beneficio que tiene como finalidad que los ciudadanos en situación de mayor vulnerabilidad puedan acceder a los servicios públicos a un precio más bajo con un registro que se encuentra abierto durante todo el año.
A través de un trámite sencillo, quien figura como titular del
servicio debe hacerlo de manera personal en la Oficina Municipal de
Información al Consumidor (OMIC), ubicada en Dorrego Nº 229 con la
última factura del servicio y una fotocopia del DNI, los lunes,
miércoles y viernes de 9 a 12 hs.
Cabe destacar que pueden acceder a este beneficio quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que
perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos
Vitales y Móviles.
-Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso
anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y
Móvil.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos
mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y
Móvil.
-Titulares de programas sociales.
- Trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
- Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (Ley N° 26.844).
- Titulares de algún seguro de desempleo o de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Titulares de certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
Asimismo, no podrán acceder los propietarios de más de un inmueble,
aeronaves o embarcaciones de lujo y/o de un vehículo de hasta diez años
de antigüedad (excepto los titulares de algún certificado de
discapacidad).
Por otra parte, quienes deseen tramitar la declaración jurada necesaria
para iniciar el trámite de Segmentación Tarifaria correspondiente a los
servicios de Luz y Gas podrán hacerlo ingresando a
argentina.gob.ar/subsidios, a partir del viernes 15 de julio de 2022.
En caso de no contar con acceso digital, corresponde llevar adelante la
tramitación ante la oficina de ANSES o las firmas prestatarias del
servicio.
En este sentido, desde la OMIC, se recomienda la realización de la
declaración jurada a los fines de que cada usuario tenga conocimiento de
la categoría que le corresponde.
Por último se recuerda que existen dos casos en los cuales no es
necesario completar el formulario de inscripción: Personas
electrodependientes y domicilios en los que funcione una entidad de bien
público.
Para solicitar mayor información pueden contactarse al 42-2234 o al correo electrónico omic@chascomus.com.ar.